sábado, 8 de mayo de 2010

Las fuentes deL impuesto




Son los bienes o la riqueza de los que saca la cantidad necesaria para pagar el impuesto.

Las fuentes son dos: EL CAPITAL Y LA RENTA.

EL CAPITAL se divide en dos:

INDIVIDUAL es el conjunto de bienes de una persona, susceptibles de producir una renta.

NACIONAL es el conjunto de bienes de un país dedicados a la producción.

Los impuestos (impuestos especiales sobre el capital) se justifican por las siguientes razones:

  1. Por que el impuesto sobre la renta grava con igualdad perfecta, y eso facilita el desarrollo del capital de algunos.
  2. Por que es posible utilizarlos como un medio para evitar las acumulaciones de capital en pocas manos.
  3. Por que pueden utilizarlos para lograr una retribución de los capitales.

Al establecer los impuestos al capital debe de tomarse en cuenta su origen, que puede ser el ahorro o el azar por que los capitales que tiene este ultimo origen, deben ser gravados mas fuertemente.

El impuesto especial sobre el capital, que tiene su origen es el azar y se puede dividir en:

Ganancias fortuitas

Ganancias de juego

Herencias o donaciones

Distinción

Wagner, establece una distinción entre el capital individual y el capital nacional y dice que : “El capital nacional se grava cuando se establecen impuestos que lo hacen disminuir, que esos impuestos son perjudiciales por que hacen disminuir la producción y en consecuencia, también la población. “

LA RENTA

- Debe ser la fuente normal de los impuestos

Está constituida esencialmente por los ingresos, en moneda o en especie, que provengan del patrimonio personal o de las actividades propias del contribuyente, o de la combinación de ambos, como el ejercicio de una profesión. Tiene los siguientes caracteres:

a) Es susceptible de renovarse, porque proviene de una fuente formalmente productora, como el capital o la actividad personal.

b) Se encuentra económica y jurídicamente a disposición del beneficiario, que puede disponer libremente de ella.

Tipos de renta

Bruta: Es aquella que se considera sin deducción alguna.

Neta: Es aquella en la que se deducen los gastos que requiere la producción de esa renta.

Libre: Es la que queda al individuo después de deducir, no sólo los gastos de obtención de la renta, sino también las cargas de todas las clases que puedan pesar sobre ella.

Legal: Es aquella que se obtiene de deducir de los ingresos totales únicamente los gastos que autoriza la ley.

Al gravar las rentas, se debe tomar en cuenta su diversa naturaleza, y para este efecto, se pueden clasificar en:

Fundadas:

  • Se derivan del capital
  • Son seguras y permanentes
  • Los que las tienen pueden disponer de la totalidad de su renta

No fundadas:

  • Se derivan del trabajo sin tener base patrimonial
  • No pueden ser gravadas en la misma forma que las fundadas
  • Los que las tienen deben reservar una parte de esa renta para posibles contingencias futuras.

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