sábado, 8 de mayo de 2010
Fundaamentos constitucionaLes de los impuestOs
¿En que ordenamiento jurídico se establece la obligación de pagar impuestos? En la constitución política de los Estados Unidos Mexicanos, Art. 31º Frac. IV
GTOS. PUBLICOS QUE DEBEMOS CONTRIBUIR LOS MEXICANOS:
• A los gastos públicos de:
• La federación
• Del Edo. y al
• Municipio en que se resida
FORMA EN QUE DEBEMOS DE CONTRIBUIR A LOS GTOS. PUBLICOS: De manera proporcional y equitativa que dispongan las layes.
¿Quiénes están facultados para establecer impuestos?
La Fed. Y los Estados
Entidades a las que se tiene la obligación de pagar impuestos: A la Fed. Al Edo. y Municipio
Impuestos que pueden establecer únicamente la Federación La Fed. Tiene facultades exclusivas para establecer contribuciones.
1.- Sobre el comercio exterior.
2.- Sobre el aprovechamiento y explotación de los recursos naturales (de la plataforma continental, zócalos submarinos de las islas, minerales, aguas, etc.) 3.- Sobre instituciones de crédito y sociedades de seguros.
4.- Sobre servicios públicos y concesionados o explotados directamente por la Federación y
5.- Especiales sobre:
Energía eléctrica
Producción y consumo de tabacos labrados
Gasolina y otros productos derivados del petróleo
Cerillas y fósforos
Aguamiel y productos de su fermentación
Explotación forestal y
Producción y consumo de cerveza
¿Qué impuestos pueden establecer los municipios? Los municipios no pueden establecer impuestos porque estos deben forzosamente establecerse mediante la ley.
¿Qué impuestos pueden cobrar los municipios?
Los que establezca a su favor la legislatura del Edo. a que pertenezcan.
¿Es el organismo que establecen los impuestos que pueden exigir los municipios?
La legislatura de los Edos.
Al Congreso de la Unión: Es el organismo que le corresponde establecer los impuestos que puede cobrar la federación.
Las fuentes deL impuesto
Son los bienes o la riqueza de los que saca la cantidad necesaria para pagar el impuesto.
Las fuentes son dos: EL CAPITAL Y LA RENTA.
EL CAPITAL se divide en dos:
INDIVIDUAL es el conjunto de bienes de una persona, susceptibles de producir una renta.
NACIONAL es el conjunto de bienes de un país dedicados a la producción.
Los impuestos (impuestos especiales sobre el capital) se justifican por las siguientes razones:
- Por que el impuesto sobre la renta grava con igualdad perfecta, y eso facilita el desarrollo del capital de algunos.
- Por que es posible utilizarlos como un medio para evitar las acumulaciones de capital en pocas manos.
- Por que pueden utilizarlos para lograr una retribución de los capitales.
Al establecer los impuestos al capital debe de tomarse en cuenta su origen, que puede ser el ahorro o el azar por que los capitales que tiene este ultimo origen, deben ser gravados mas fuertemente.
El impuesto especial sobre el capital, que tiene su origen es el azar y se puede dividir en:
Ganancias fortuitas
Ganancias de juego
Herencias o donaciones
Distinción
Wagner, establece una distinción entre el capital individual y el capital nacional y dice que : “El capital nacional se grava cuando se establecen impuestos que lo hacen disminuir, que esos impuestos son perjudiciales por que hacen disminuir la producción y en consecuencia, también la población. “
LA RENTA
- Debe ser la fuente normal de los impuestos
Está constituida esencialmente por los ingresos, en moneda o en especie, que provengan del patrimonio personal o de las actividades propias del contribuyente, o de la combinación de ambos, como el ejercicio de una profesión. Tiene los siguientes caracteres:
a) Es susceptible de renovarse, porque proviene de una fuente formalmente productora, como el capital o la actividad personal.
b) Se encuentra económica y jurídicamente a disposición del beneficiario, que puede disponer libremente de ella.
Tipos de renta
Bruta: Es aquella que se considera sin deducción alguna.
Neta: Es aquella en la que se deducen los gastos que requiere la producción de esa renta.
Libre: Es la que queda al individuo después de deducir, no sólo los gastos de obtención de la renta, sino también las cargas de todas las clases que puedan pesar sobre ella.
Legal: Es aquella que se obtiene de deducir de los ingresos totales únicamente los gastos que autoriza la ley.
Al gravar las rentas, se debe tomar en cuenta su diversa naturaleza, y para este efecto, se pueden clasificar en:
Fundadas:
- Se derivan del capital
- Son seguras y permanentes
- Los que las tienen pueden disponer de la totalidad de su renta
No fundadas:
- Se derivan del trabajo sin tener base patrimonial
- No pueden ser gravadas en la misma forma que las fundadas
- Los que las tienen deben reservar una parte de esa renta para posibles contingencias futuras.
Principios de AdolfO Wagner
- La ciencia de las finanzas debe poseer una serie de principios superiores.
- Considerar un doble punto de vista.
- Estos principios no deben considerarse como absolutos sino como relativos.
- No deben considerarse aisladamente sino en su conjunto.
- Constituyen un fin al que debe tenderse en la práctica.
Categoría de los Impuestos:
- Política financiera: Suficiencia y elasticidad de la imposición.
- Economía pública: Fuentes de impuestos y clases de impuestos.
- Equidad: Generalidad y uniformidad.
- Admón. fiscal: Fijeza de la imposición, comodidad de la imposición y reducción de costos de recaudación.
Principios de Equidad
- Generalidad: Se refiere a que todos debemos pagar impuestos, pero no es tomada al pie de la letra.
- Uniformidad: El impuesto debe ser en lo posible, proporcionado a la capacidad de prestación económica.
Principios de Política Financiera
- Suficiencia de la imposición: Los impuestos deben poder cubrir las necesidades financieras de un periodo financiero.
- Elasticidad de la imposición: Los impuestos deben ser adaptables a las variaciones de las necesidades financieras.
Principios de Economía Pública
- Fuentes de impuestos: Wagner señala 3 fuentes del impuesto: la renta que es la fuente normal del impuesto, el capital nacional, conjunto de bienes o riquezas de un país que produzca bienes y los medios de consumo.
- Elección de clases de impuestos: El legislador puede escoger al sujeto. La autoridad solo emite hipótesis. Tomar en cuenta la repercusión al escoger los gravámenes.
Principios de Admón. Fiscal
- La fijeza tendrá mayor efectividad si se siguen las sig. reglas:
1.- La mayor preparación profesional y moral de los encargados de la determinación de los impuestos.
2.- La simplicidad del sistema de impuestos y de su organización.
3.- Dar la indicación exacta y precisa de la fecha y lugar de pago del monto de la suma debida y de las especies liberatorias admitidas.
4.- Emplear en las leyes del reglamento un lenguaje claro, simple y accesible a todos, aun cuando no siempre será posible por las complicaciones que extrañan los impuestos modernos.
jueves, 6 de mayo de 2010
Los principiOss teoricos dee los impuestos
• La uniformidad del impuesto
Es decir que todos sean iguales frente al impuesto. Dos criterios para lograr la uniformidad del impuesto; uno objetivo y otro subjetivo, que combinamos, dan el índice correcto: la capacidad contributiva, como criterio objetivo; la igualdad de sacrificio, como criterio subjetivo.
Principio de Certidumbre
• El impuesto que cada individuo debe pagar debe ser fijo y no arbitrario. La fecha de pago, la forma de realizarse, la cantidad a pagar, debe ser claras para el contribuyente y para todas las demás personas.
Teorías sobre el impuesto
Son 5 los conceptos más importantes que se han dado sobre la naturaleza del impuesto y son:
El impuesto es el precio de los servicios prestados por el estado a los particulares. (Teoría de la equivalencia)
El impuesto es una prima de seguros que se paga como garantía de la seguridad individual que está obligado a proporcionar el estado. (Teoría del seguro)
El impuesto representa la cantidad necesaria para cubrir los gastos de demanda la aplicación y explotación del capital nacional. (Teoría del capital nacional)
El impuesto es un sacrificio. Es lo que se llama teoría del sacrificio complementada con la teoría del mismo sacrificio. El impuesto debe significar el menor sacrificio posible.
El impuesto es solo un deber que no necesita un fundamento jurídico especial.(Teoría de Heberg)
Teoría de la equivalencia
PUFENDORF sostenía que el impuesto es el precio de la protección de vidas y haciendas por lo que debe existir una capacitación moderada.
MADAME CLEMENCE, dice que el impuesto es la parte de poder productivo bajo la forma de servicios personales o de contribuciones de toda naturaleza que cada ciudadano debe a la comunidad en cambio de los servicios que ha recibido, recibe y recibirá por el hecho de su participación social y a titulo de restitución de las ventajas alcanzadas por las generaciones pasadas en provecho de las generaciones futuras.
Teoría del seguro
Esta teoría es la que considera los impuestos como una prima de seguro por la protección de la vida y hacienda de los individuos por parte de la comunidad publica.
E. de GIRARDIN dice que el impuesto es la prima de seguro pagadas por aquellas que poseen para asegurarse contra todos los riesgos de ser perturbadas en su posesión o en su disfrute.
Teoría del capital nacional
• La tercera definición que debemos analizar es la que considera un impuesto como la forma de obtener la cantidad necesaria para poner en obra y cubrir los costos generales de la explotación del capital nacional.
tratadistas
TRATADISTAS
Heberg: “Los impuestos son prestaciones al Edo. y entidades de derecho público que reclaman, en virtud de su poder coactivo, en forma y cuantía determinadas unilateralmente y sin contraprestación especial con el fin de satisfacer las necesidades colectivas”.
Nitti: “El impuesto es una cuota, parte de su riqueza, que los ciudadanos dan obligatoriamente al Edo. y a los entes locales de dcho. administrativo para ponerlos en condiciones de proveer a la satisfacción de las necesidades colectivas”.
Vitti de Marco: “El impuesto es una parte de la renta del ciudadano que el Edo. percibe con el fin de proporcionarse los medios necesarios para la producción.”
José Álvarez de Cienfuegos: “El impuesto es la parte de renta nacional que el Edo. se apropia para aplicarla a la satisfacción de las necesidades publicas.”
Luigi Cossa: “El impuesto es una parte proporcional de la riqueza de los particulares deducido por la autoridad publica a fin de proveer a aquella parte de los gastos de utilidades general que no cubren las rentas patrimoniales.”
Gastón Jéze: Características
1º Es una prestación de valores pecuniarios.
2º La presentación del individuo no es seguida por una contrapresentación del Edo.
3º El constreñimiento jurídico.
4º Se establece según reglas fijas.
5º Se destina a gastos de intereses.
6º Es debido por el hecho de que los individuos forman parte de una comunidad política organizada.
Leroy Beaulieu: “El impuesto es pura y simplemente una contribución, sea directa, sea disimulada, que el poder publico exige de los ciudadanos para subvenir a los gastos del gobierno.”
Seligman: “Un impuesto es una contribución forzada de una persona para el gobierno para costear los gastos realizados en intereses comunes sin referencias a los beneficios especiales prestados.”
Manuel Morselli: “El impuesto es una deducción obligatoria de riqueza privada, querida por el Edo. y entidades menores para ser destinada a la consecución de los fines generales de la vida publica.”
Código Fiscal de la Fed. : “Son impuestos las presentación en dinero o en especie, que el Edo. fija unilateralmente y con carácter obligatorio a todos aquellos individuos cuya situación coincida con la ley señala como hecho generador del crédito fiscal.”
Suprema Corte de Justicia de la Nación:
“Los impuestos no son tributos establecidos en virtud de un derecho superior, sino una contribución que se basa en las cargas de la vida social.
Los impuestos no contribuyen un beneficio para los causantes, sino un deber de contribuir a los gastos públicos”.
Historiaa de las contribuciones en MéxicO
MÉXICO PREHISPÁNICO
ž Los tributos que se pagaban en México prehispánico eran de 2 tipos: los que pagaban los pueblos sometidos y los que debían pagar los habitantes mexicanos o mexicas.
ž A los pueblos que sometían, les imponían cargas tributarias en productos que debían entregar como mantas de algodón, plumas de aves, telas de varias fibras, metales preciosos, entre otros.
ž Durante este periodo, los tributos cobrados a los pueblos sometidos no eran utilizados para beneficio de las comunidades, sino que se destinaban para las necesidades de los gobernantes.
ž La sociedad azteca se encontraba profundamente estratificada: cada clase social tenía reglamentado el uso de las diversas calidades, colores y decorados de las prendas de su indumentaria. Sin embargo, “ser mexica” obligaba al soberano a una redistribución de los bienes en beneficio de los habitantes del Imperio, lo que se traducía en una importante obra pública que facilitaba el tránsito, el comercio y las artes.
Los primeros recaudadores
ž El cobro de tributos era tan importante para los aztecas que se organizaron para facilitar su recaudación y nombraron a los “calpixquis” primeros recaudadores, eran identificados porque llevaban una vara en una mano y un abanico en la otra.
ž Los registro de tributos se llamaban “tequiámatl”; fueron un género de códices relacionados con la admón pública del Imperio Mexica.
ž Había varios tipos de tributos que se daban según la ocasión: de guerra y religiosos. Los tributos a que estaban obligados los pueblos sometidos a los aztecas eran de 2 tipos: en especie o en servicios especiales que estaban obligados a prestar los habitantes de los pueblos sometidos.
LA COLONIA PERIODO VIRREINAL
ž Las expediciones, que en muchas ocasiones fueron la búsqueda de aventuras y negocios, eran financiados en gran medida por los capitanes. A cada uno de ellos se les asignó un grupo de soldados para “rescatar” las tierras en nombre del rey de España y cobrar su inversión. De las tierras, el oro y las especies que “rescataran” correspondía la quinta parte de la monarquía española. A esto se le llamó “ el Quinto Real”
ž Cortés, en sus cartas de Relación describe sus hazañas y el gran número de pueblos que tributaban al emperador Moctezuma; estas cartas de Relación son el primer documento fiscal en Español de la Historia de la Real Hacienda de la Nueva España.
ž Cortés cambio el pago de tributos del pueblo azteca de flores y animales, por alimentos, piedras y joyas
ž Después de la caída de México, se creó la Real Hacienda que se dedicó al cobro de impuestos. Estaba constituida por un tesorero, un contador, un factor que cobraba los impuestos, un veedor que veía o inspeccionaba, y oficiales que eran una especie de judiciales fiscales.
ž El diezmo y la primicia eran otros impuestos solicitados por el clero a las provincias. Gracias a ello la Iglesia acumuló grandes riquezas, con las que atendió obras de construcción, beneficencia, educación y arte.
ž Establecida la Colonia, los indígenas pagaban impuestos con trabajo en minas, haciendas y granjas. En 1573 se implantó la alcabala( tributo que se pagaba sobre el precio de una compra-venta) y después el peaje( derecho de paso)
ž Las leyes Indias hacen referencia a la administración de los bienes de la comunidad de los pueblos indígenas de América. En primer termino establece las Cajas de Comunidad que estaban al cuidado de los oficiales reales, de los corregidores y caciques. Los fondos de estas Cajas se formaban con bienes comunales y aportaciones personales de los indígenas, y sólo podían ser utilizados en el auxilio de los indios necesitados y para ayudar a pagar la plata de los tributos preestablecidos.
MÉXICO INDEPENDIENTE
ž Las ideas de libertad en Europa influyeron en el Reino de la Nueva España para preparar una revolución que terminaría con el régimen colonial.
ž 1810.- La Orden Real de Nueva España dictó que los indios quedaban eximidos del pago de contribuciones.
ž Proclamas de los insurgentes:
ž Todos los dueños de esclavos deberán darles libertad dentro del término de 10 días, bajo pena de muerte si no se cumpliera.
ž Cese la contribución de tributos respecto a las castas que lo pagan.
ž Reemplazo del papel sellado por papel común en todos los negocios judiciales, documentos, escrituras y actuaciones.
ž 1812.- La Hacienda Pública indicó que en cada provincia debería existir un tesorería que recaudará los caudales o recursos del erario público.
ž 1814.-Fernando VII complementó el sistema fiscal para las provincias, estructurándose la Hacienda.
ž A consecuencia de la consumación de la Independencia de 1821 se suprimen los siguientes impuestos:
ž 1% de diezmo y real señoraje.
ž El derecho o tributo por el proceso de afinación de pastas de oro y plata por 8 maravedíes(moneda española) por marco de plata.
ž Suprimen derechos de grabación de pastas(proceso de aleación) de oro y plata.
ž 1822.- Aplicación de nuevas disposiciones hacendarias, modificándose los derechos sobre el vino y el aguardiente.
ž El Congreso otorgó la primera extinción de impuestos (se permitió la introducción de 5 imprentas sin pagar impuestos y derechos).
ž 1824.-Bajo el gobierno del general Guadalupe Victoria se creó la Contaduría Mayor de Hacienda, integrada por Hacienda y Crédito Público. La segunda se encarga de comprobar el estado de la deuda nacional, la sumas autorizadas y los intereses cubiertos; y la fundación de sus principios jurídicos, establecidos en la acta constitutiva.
ž La guerra de Reforma se dio entre 1858 y 1861. Durante este periodo la Hacienda Pública no funcionó regularmente; sin embargo, Benito Juárez y otros liberales expidieron las Leyes de Reforma, entre las que destacaba la Ley de Desamortización de los Bienes del Clero
Otras leyes fueron las siguientes:
ž Separación entre la Iglesia y el Estado.
ž Eliminación de órdenes religiosas
ž Matrimonio y registros civiles
ž Secularización de cementerios
ž Libertad de cultos
Hechos de importancia hacendaria…
ž El restablecimiento de la Junta de Crédito Público
ž La medida de cobro de los impuestos en los puntos del consumo y no de la producción
ž Liberación del cultivo, elaboración y comercio del tabaco
ž Se extinguen los fondos de peajes, minería & judicial
ž Se establece la Loteria Nacional
ž Se establece la Contribución Federal
ž Es durante el gobierno de Juárez cuando por primera vez las oficinas principales de Hacienda tienen una dirección específica de contabilidad, toda vez que la doctrina económica se centraba en la consolidación de las instituciones de la República.
ž Entre las innovaciones fiscales notables de este periodo se encuentra el establecimiento del sistema de contabilidad llamado “partida doble” y la expedición de la Ley del Timbre.
EL PORFIRIATO
ž En 1876 Porfirio Díaz es electo presidente por primera vez, y no abandonará el poder sino hasta 1911, 31 años en el poder.
ž Durante el gobierno de Díaz se inició un periodo de prosperidad en el país, principalmente con una política de impulso a la construcción de ferrocarriles y el desarrollo de la industria minera por lo que se requería la reforma y actualización del sistema fiscal y de la Secretaría de Hacienda.
Características del sistema fiscal…
ž La mayor parte de la riqueza del país estaba ligeramente gravada o no pagaba ningún impuesto; era controlada por extranjeros y algunas familias mexicanas muy adineradas.
ž El consumo se gravaba en los artículos de primera necesidad.
ž Los sistemas Hacendarios federal y estatal, no tomaba en cuenta los impuestos establecidos entre ellos.
ž Díaz duplicó el Impuesto del Timbre; gravó las medicinas, cobró impuestos por adelantado y pudo recaudar 30 millones de pesos, pero gastó 44. En este periodo se generó la deuda externa por la cual se pagaban altos intereses. Se requería de un sistema tributario controlado y de equilibrio.
ž En 1892, en un informe elaborado por el ministro de hacienda, Matías Romero, se puso de manifiesto la falsa bonanza de la Hacienda Pública de la administración porfirista y los graves problemas económicas de la república, causados por el excesivo gasto en el ambicioso programa ferroviario, la caída de los precios de la plata y los excesivos empréstitos solicitados con réditos relativamente altos.
ž Con la llegada del ministro de hacienda José Yves Limantour, en 1893, se nivelo la Hacienda Pública. Se gravo alcohol y el tabaco, las donaciones o sucesiones o herencias, se aumentaron las cuotas de los estados de la Federación. Se redujo el presupuesto y las partidas abiertas del Ejecutivo. Se buscaron nuevas fuentes de ingreso al gravar las actividades, especulaciones y riquezas que antes no contribuían a los gastos públicos; se fijo el impuesto de exportación sobre el henequén y el café.
ž Hacia 1910 se celebraron las fiestas del centenario de la independencia, que encabezo Porfirio Díaz inaugurando edificios públicos, monumentos y escuelas.
ž Frente a este panorama, era difícil pensar que estallaría una revolución.
LA REVOLUCIÓN
ž A partir de 1913 Hacienda Publica procuro fondos a través del sistema de emisión del papel moneda consistiendo en el aprovechamiento de los recursos generados, de importación y exportación.
ž Las oficinas recaudadoras de Hacienda fueron dejadas a disposición de los jefes, los comandantes asumían facultades hacendarias; cada jefe emitía papel moneda de los ejércitos poseían regiones petrolíferas, recaudaban un impuesto en metálico.
ž El cobro de un gran numero de los impuestos que se pagaban en papel moneda fue imposible por que dejo de tener validez al no poder convertirse en oro y plata.
ž Venustiano Carranza asumió el poder ejecutivo de la Nación ante una grave crisis económica, huelgas, enfrentamientos por el aumento de impuestos.
ž Entre 1917 y 1935 se implementaron diversos impuestos como servicios por el uso de ferrocarriles, exportaciones de petróleo, luz, teléfono, anuncios etc.
ž “ un hecho que estabilizo la vida política del país fue la promulgación de la constitución política de 1917 que actualmente nos rige”
ž Un cambio importante fue el incremento de los impuestos de un 40% para bebidas alcohólicas y se duplico el impuesto de trabajo.
ž En 1920 con Álvaro Obregón en la presidencia, José Vasconcelos fundo la Secretaria de Educación Publicase motivo a los maestros para atender zonas rurales promovió la distribución y elaboración de libros, se ampliaron carreteras canales de riego.
ž No obstante eran las empresas extranjeras las que administraban los ferrocarriles y explotaban los campos petroleros. El país seguía con unas fuerte dependencia de estas Actividades Económicas.
MÉXICO CONTEMPORÁNEO
ž Han transcurrido muchos años para estabilizar la situación económica y las finanzas públicas del país. En el México contemporáneo los gobiernos han modificado las leyes fiscales conforme a los principios de la Constitución: son equidad, proporcionalidad y legalidad. El estado dispone asó, los recursos para construir obras y prestar servicios a la colectividad, procurando una mejor distribución de la riqueza
ž El sistema tributario de nuestro país es mucho más que un conjunto de disposiciones fiscales; es parte de nuestra historia, de nuestras costumbres, y permite avizorar una mejor calidad de vida a los mexicanos.
ž El país requiere que haya más y mejores maestros, escuelas para todos los niños, hospitales. Higiene, comida, habitación, caminos, servicios públicos y elementos de bienestar y seguridad común.